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¿En qué consiste el subsidio al Dividendo?

El Subsidio al Dividiendo (Ley N° 21.748) es un apoyo del Estado que baja la tasa de interés hasta un 0,6% de tu crédito hipotecario para comprar una vivienda nueva.

Al beneficio solo puedes acceder como persona natural y lo recibirás junto a una garantía estatal para lograr un interés menor.

Estará vigente hasta el 27 de mayo de 2027.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Aplica exclusivamente si la vivienda que quieres comprar tiene un valor máximo de 4.000 Unidades de Fomento (UF).
  • Debes tener una promesa o compraventa firmada a partir del 1 de enero de 2025.
  • Se otorgarán 50.000 subsidios, de los cuales 6.000 estarán reservados para beneficiarios del DS15 que cumplan con ciertos criterios (primera vivienda y tope de 3.000 UF).

Este beneficio no podrás ocuparlo si tu promesa de compraventa la hiciste antes del 31 de diciembre de 2024 o quieres renovar tu crédito hipotecario.

¿Se debe postular?

No debes postular a este beneficio. Lo recibirás automáticamente si eres una persona natural y te encuentras entre las primeras 50 mil compras desde la entrada en vigencia de la ley, o hasta que pasen dos años, lo que ocurra primero.

¿Cómo funcionará este beneficio?

  • Se aplicará directamente sobre la tasa de interés del crédito hipotecario (hasta 60 puntos base o 0,6%).
  • Incluye una garantía estatal correspondiente al 60% del valor de la vivienda.
  • La entidad financiera verificará que cumplas con los requisitos.
  • Si obtienes el beneficio, podrás ocuparlo en un plazo de 12 meses desde la publicación de la ley.