El presidente Kast ingresó un proyecto de reforma constitucional al congreso que abarca ocho medidas con el propósito de reforzar el tema de seguridad pública nacional
Esta propuesta de reforma se enmarca dentro de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT). El proyecto, al ser ingresado con suma urgencia, tiene un plazo de quince días para ser discutido. Además, considera que la semana siguiente será semana distrital.
El ejecutivo lo que busca con estas ocho medidas es reforzar la capacidad que tiene el estado para combatir el crimen organizado. Asimismo, busca reforzar la seguridad pública nacional.
Las ocho medidas que propone el gobierno al respecto
1.- Incorporar la seguridad pública como deber del estado, sobre el resguardo de la seguridad pública nacional
2.– Nuevas medidas contra el crimen organizado, se crea un nuevo artículo el 9° bis con el propósito de reconocer la seguridad pública frente al crimen organizado. Entre otras medidas estarían la de cumplir con un régimen penitenciario estricto, regular visitas, y separación de internos. Junto con esto, estas personas que sean parte del crimen organizado quedarían inhabilitadas para cumplir o ejercer cargos públicos. Además, tampoco tendrían la posibilidad de acceder a ciertos beneficios penitenciarios o sustitutivos de penas.
3.- Registro de organizaciones criminales, la propuesta incorpora una ley que establezca registro de organizaciones criminales. Esto tendría efectos en la determinación de la responsabilidad penal de sus integrantes. Junto con esta, el Ministerio Público acreditará la participación del imputado.
4.- Registro de organizaciones de criminales, Este proyecto le otorga la facultad al presidente de la república de determinar que una agrupación constituye una organización de terrorista o crimen organizado. Esto será previo informe fundado del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional. La declaración requerirá la aprobación por parte del senado de un quorum de los dos tercios de los senadores en ejercicio.
5.- Incorporar la amenaza grave a la seguridad pública, amplía las causales constitucionales para considerar no solo las calamidades públicas. Además, incluye cuando corresponde una amenaza grave de la seguridad pública.
6.- Crear un estado de excepción de seguridad pública, este será declarado por el presidente de la república ante una amenaza a la seguridad pública. También puede ser declarado cuando esta haya sido gravemente afectada.
Se podrá extender por 120 días, aunque El presidente tiene facultad para extenderlo esto debe contar con el acuerdo del Congreso Nacional.
Durante la vigencia de este, en la zona afecta se designará un oficial general por parte del Presidente de la República. Además, una ley orgánica constitucional determinará las autoridades que estarán a cargo.
7.- Nuevas facultades durante el estado de excepción, una vez declarado el estado de excepción, el presidente de la república tendrá la facultad de restringir las libertades y garantías constitucionales de los ciudadanos.
8.- Rol del Senado, tendrá la facultad de aprobar o rechazar en sesión secreta y por dos tercios de sus miembros en ejercicio sobre la declaración presidencial respecto de si una agrupación es considerada terrorista o parte del crimen organizado. El Senado tendrá un plazo de cinco días para pronunciarse. Además, no se pueden realizar modificaciones a la declaración.
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