El hecho se produjo en octubre del año 2021 y la decisión de indemnizar a la familia fue de la corte suprema en la cual el fallo emitido responsabiliza a la municipalidad de Talca
La Corte Suprema considera que el hecho ocurrido es responsabilidad de la Municipalidad ya que es esta la que se debe ocupar de la mantención de los árboles, por eso el fallo emitido después de casi cinco años de litigio le otorga a la familia del joven fallecido recibir una indemnización de 200 millones de pesos.
Pormenores del hecho
El hecho ocurre específicamente el 27 de octubre del año 2021, a las 17.20 hrs en el parque costanera de Talca, mientras este joven de 26 años estaba descansando después de haber finalizado su jornada laboral, en ese momento una rama de unos 10 metros se desprendió del árbol e impacto al cuerpo del joven causando graves lesiones y daños teniendo que ser traslado al Hospital Regional de Talca, quién falleció debido a la gravedad de sus lesiones.
Reacción de la familia
Frente a esta situación la familia presento una demanda en contra de la Municipalidad de Talca por falta de mantenimiento del árbol y labores de poda, en principio la demanda fue de un monto de 720 millones de pesos.
La demanda fue acogida recién en el año 2024 en el Cuarto Juzgado de Letras de Talca, posterior a esto la Corte de Apelaciones de la misma ciudad fijo una indemnización de 200 millones de pesos por concepto de daño moral.
Frente a este fallo la Municipalidad de Talca recurrió a la Corte Suprema para revertir la resolución, sin embargo, estas fueron rechazadas por el máximo tribunal manteniendo vigente la sentencia.
Como argumento para el fallo se determinó que no se había realizado una mantención acorde a las características que tenía el árbol en relación al crecimiento desordenado de este lo que favoreció el desprendimiento de la rama lo que causo el fallecimiento del joven. En ese sentido se descarta una conducta imprudente de la víctima.
La indemnización fijada por la corte suprema tendrá que ser distribuida entre los padres, hermanos y pareja del joven fallecido, la Corte Suprema en este sentido dejo firme la obligación de pagar esta indemnización a los seis familiares reconocidos por la justicia (madre, padre, tres hermanos y pareja)
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