CNTV sanciona a cableoperadoras por emisión de programa de Zona Latina con comentarios contra Michelle Carvalho

El CNTV determinó que comentarios emitidos por Sergio Rojas en el programa “Que te lo digo” vulneraron la honra de Michelle Carvalho y fueron retransmitidos en horario de protección de menores.

El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) sancionó a distintas empresas de televisión de pago por la retransmisión del programa “Que te lo digo”, emitido por la señal Zona Latina el 23 de octubre de 2025. El organismo concluyó que los comentarios realizados durante el espacio contra Michelle Carvalho constituyeron un trato denigrante. Además, afectaron su honra y dignidad.

La decisión fue adoptada durante la sesión ordinaria del CNTV realizada el 18 de mayo de 2026. En esa instancia, el Consejo resolvió aplicar sanciones a operadores como VTR y Telefónica Empresas Chile. Esto fue por retransmitir el contenido en horario de protección de menores.

CNTV cuestionó comentarios emitidos en pantalla

El caso se originó a partir de una serie de declaraciones realizadas por el conductor Sergio Rojas durante el programa de espectáculos “Que te lo digo”. Según la resolución, las expresiones emitidas incluyeron descalificaciones personales y burlas. Además, contenían comentarios que el organismo consideró humillantes hacia la influencer y modelo Michelle Carvalho.

Entre los antecedentes analizados por el CNTV figuran expresiones en las que el conductor calificó a Carvalho con diversos términos despectivos. También realizó críticas a su imagen personal y desempeño profesional. El organismo sostuvo que dichas afirmaciones afectaron de manera ilegítima la honra de la figura televisiva.

Asimismo, el Consejo estimó que el contenido constituyó una forma de violencia verbal y representó un desconocimiento de la dignidad humana. En su resolución, agregó que el lenguaje utilizado excedió los límites que la normativa televisiva establece para el ejercicio de la libertad de expresión. Además, puso énfasis en el horario de emisión del programa.

Emisión ocurrió en horario de protección de menores

Uno de los aspectos centrales considerados por el CNTV fue que el espacio fue transmitido antes de las 21:00 horas. Dicha franja está destinada a la protección de niños, niñas y adolescentes.

De acuerdo con el organismo, la exposición de menores a contenidos basados en insultos, menosprecio o humillación pública puede generar efectos negativos en su desarrollo. Al respecto, puede impactar también en la forma en que comprenden las relaciones interpersonales.

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En ese contexto, la resolución cita estudios y antecedentes doctrinarios relacionados con el denominado “aprendizaje vicario”. Esta teoría plantea que niños y adolescentes pueden reproducir conductas observadas en medios de comunicación. Esto ocurre cuando aún no cuentan con herramientas suficientes para analizarlas críticamente.

Cableoperadoras alegaron falta de control editorial

Durante el proceso sancionatorio, las empresas involucradas argumentaron que no tienen control editorial sobre las señales que retransmiten. Añadieron que los usuarios disponen de mecanismos de control parental para restringir determinados contenidos.

Sin embargo, el CNTV rechazó esos planteamientos. El organismo recordó que el artículo 13 de la Ley N.º 18.838 establece la responsabilidad directa de las cableoperadoras respecto de todos los contenidos que transmiten a sus abonados. Esto aplica incluso cuando estos provienen de señales externas o internacionales.

Además, el Consejo citó diversos fallos de la Corte de Apelaciones de Santiago que respaldan esta interpretación jurídica. Estos fallos descartan que la existencia de herramientas de control parental exima a las compañías de sus responsabilidades legales.

VTR recibió multa de 81 UTM

En el caso de VTR, el CNTV aplicó una multa de 81 UTM. Para determinar el monto de la sanción, el organismo consideró factores como la gravedad de la infracción y la emisión en horario protegido. También tomó en cuenta la cantidad de abonados de la empresa y la existencia de sanciones previas registradas durante los últimos doce meses.

La misma sesión también contempló sanciones contra Telefónica Empresas Chile por la retransmisión del mismo contenido emitido por la señal Zona Latina.

Con esta resolución, el CNTV reafirmó el deber de los operadores de televisión de pago de responder por los contenidos que distribuyen a sus abonados. Además, recordó la importancia de resguardar el respeto a la dignidad de las personas, especialmente en emisiones accesibles para audiencias menores de edad.

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