Michael Clark, Pedro Pablo Larraín, Carlos Larraín y Sergio Yáñez quedaron sujetos a la medida cautelar más gravosa mientras continúa la investigación por presuntos delitos económicos.
El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decretó este martes la prisión preventiva para cuatro de los imputados en el denominado Caso Sartor. La decisión se tomó luego de considerar acreditados, en esta etapa procesal, antecedentes relacionados con diversos delitos investigados por el Ministerio Público.
La medida afecta al empresario Michael Clark, además de Pedro Pablo Larraín, Carlos Larraín y Sergio Yáñez. El tribunal estableció un plazo de 120 días para el desarrollo de la investigación.
Entre los ilícitos que fueron considerados por el tribunal se encuentran lavado de activos, fraude por omisión de una oferta pública de adquisición (OPA), estafa, administración desleal y apropiación indebida. Además, en uno de los puntos investigados, el perjuicio económico atribuido supera los $2.200 millones.
La Fiscalía sostiene que parte de las operaciones investigadas habrían involucrado recursos de fondos administrados por Sartor y sociedades vinculadas a sus controladores. Por otro lado, los antecedentes apuntan a operaciones realizadas entre 2021 y 2024. Todo esto ocurrió en un contexto que también generó cuestionamientos respecto del manejo de conflictos de interés y la información entregada al mercado.
La resolución se produce luego de varias jornadas de formalización. Durante estas jornadas, el Ministerio Público presentó los antecedentes que sustentan sus acusaciones y solicitó la prisión preventiva para los principales imputados.
De acuerdo con Gendarmería, Pedro Pablo Larraín, Carlos Larraín y Sergio Yáñez fueron trasladados al Centro de Detención Preventiva Santiago 1. Por otra parte, Michael Clark fue derivado al REPAS.
La investigación continuará durante los próximos meses. En este tiempo, la Fiscalía deberá profundizar las diligencias destinadas a determinar las eventuales responsabilidades penales de los involucrados. Cabe recordar que la prisión preventiva es una medida cautelar y no constituye una condena ni determina por sí misma la culpabilidad de los imputados.
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