El organismo medioambiental detectó múltiples incumplimientos a las obligaciones ambientales y de emisión de ruido en ENAP Refinería Aconcagua.
La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) formuló cuatro cargos, dos considerados «gravísimos», contra la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP). Lo anterior, debido a múltiples incumplimientos a las obligaciones ambientales contempladas en en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví. También se identificaron faltas a la Norma de Emisión de Ruidos.
Las irregularidades fueron detectadas en el establecimiento ENAP Refinerías Aconcagua, ubicada en Concón.
De los cargos gravísimos, el primero es por no cumplir con la eficiencia mínima anual del 98% en el Sistema de Recuperación de Azufre (SRA) entre 2023 y 2025. Además, se concluyó que la empresa manipuló los datos presentados ante la SMA para simular el cumplimiento de la exigencia. Así, se detectó que las eficiencias fueron de 94,1% en 2023; 90,5% en 2024; y 90,2% en 2025.
El otro cargo gravísimo es por haber superado los límites máximos permitidos de emisión de dióxido de azufre (SO₂), fijados en 1.145 toneladas/año. La Superintendencia verificó que verificó que se excedió el límite normativo alcanzando 1.277 toneladas de SO₂ en 2023 y 1.168 en 2024.
Programa de cumplimiento y posible sanción de hasta US$19 millones: Las medidas contra ENAP
Emanuel Ibarra, superintendente del Medio Ambiente, expresó que «la información reportada por la empresa sobre la recuperación de azufre y las emisiones de sus antorchas no reflejaba la realidad, lo que habría impedido a la SMA ejercer sus atribuciones». Agregó que «por eso la División de Sanción y Cumplimiento formuló cargos gravísimos».
Por ello, aseguró: «Quiero ser claro: cuando la información que recibimos no es veraz o está incompleta, la SMA va a ejercer todas sus atribuciones».
La SMA informó que de confirmarse las responsabilidades de ENAP, arriesga una sanción de hasta 22.000 UTA (alrededor de US$ 19 millones). Además, la empresa estatal tendrá una plazo de oficio de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC). También tendrán 22 días hábiles para formular sus descargos ante la Superintendencia.
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